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    Denuncié un Siniestro y necesito más información seguro Auto Protegido

    AUTO PROTEGIDO

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    Si tienes dudas sobre el estado de un trámite, contacta a nuestros ejecutivos vía WhatsApp al 01 6156000 de lunes a viernes de 09:00 am a 7:00 pm y Sábados de 09:00 am a 2:00 pm.

    Ten en cuenta que:

    • Una vez entregados los documentos, la aseguradora iniciará la evaluación. (Revisa la lista al final del este documento)
    • Conserva los originales ya que podrían pedirte documentación extra.
    • Chubb Seguros te informara si la evaluación fue aprobada en 30 días calendario como máximo, una vez completada toda la información.
    • Tras la aprobación, la aseguradora tiene 30 días para pagarte. En caso de retraso, aplicarán intereses de 5 veces la tasa promedio para las operaciones activas en el Perú.

    Ejemplo: Si la compañía de tarda 15 días extra, el interés total será de S/45.49

    ¡Importante!

    • Si fuera necesaria una investigación, para agilizar el proceso, colabora en todo momento y evita acciones que puedan perjudicarla.
    • La aseguradora podría justificar estas acciones si son para prevenir el incremento de los daños en el bien protegido.
     

    Lista de documentos:

    • Carta con carácter de Declaración Jurada donde se comunica a la COMPAÑÍA el siniestro, firmado por el ASEGURADO y presentado en forma inmediata al robo, salvo caso de fuerza mayor donde se deje constancia de los elementos sustraídos.
    • Solicitud de otorgamiento de cobertura.
    • Copia del documento de identidad del asegurado.
    • Copia de la tarjeta de propiedad del vehículo asegurado
    • Copia de la denuncia efectuada ante alguna autoridad competente (Policía Nacional, Tribunales, Ministerio Público), en la cual se encuentren identificados los objetos robados.
    • Copia de la denuncia por escrito efectuada ante la COMPAÑÍA de telefonía móvil que corresponda, con indicación expresa de bloqueo de la línea telefónica, clave de bloqueo e identificación del aparato robado (modelo y serie).
    • Cualquier otro antecedente requerido por la COMPAÑÍA que resulte indispensable para realizar la liquidación del siniestro.

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